Si tienes hijos estudiando reclama el bono escolar

Según el decreto el bono debe ser otorgado a todos los trabajadores que perciban hasta el equivalente de dos salarios mínimos. Es decir, en el caso de la maquila, a las que ganen menos de 4,198.20 lempiras al mes. El bono se paga una sola vez al año después de la primera prueba trimestral de los alumnos, como una compensación a los padres de hijos en edad escolar matriculados en los niveles de kinder, primaria y secundaria del país.

A quienes no han cumplido un año de trabajo se les pagará proporcionalmente de acuerdo al tiempo laborado. O sea que si tiene seis meses le pagarán la mitad del bono, y si tiene tres meses le pagarán una cuarta parte.

A pesar de ser una ley que está en vigencia desde 1997, hay muchos empresarios que no la cumplen. Según dirigentes sindicales del sector maquila la mayoría de las empresas no están cumpliendo cabalmente con el pago del bono educativo, porque no existe un organismo que vigile el cumplimiento de la ley.

Muchas trabajadoras que han sido despedidas en las diferentes fábricas, no recibieron el pago proporcional de este derecho, porque el Ministerio del Trabajo no lo incluye en el cálculo de prestaciones.

Algunos empresarios con el fin de no pagar el bono a las trabajadoras argumentan que ellos pagan por producción y no por salario mínimo. Sin embargo, el decreto no hace excepciones de este tipo. Debe considerarse el sueldo fijo, dado que los incentivos y pagos por producción equivale a un sobre esfuerzo de los trabajadores y no a su ingreso por un trabajo normal durante ocho horas.

RECLAMELO

El Ministerio de Trabajo está en la obligación de vigilar que en todas las empresas se pague el bono a todas las personas que les corresponde. Para el 2001 el Bono fue de 792 lempiras pero este año debe sumársele el mismo porcentaje en que se aumente el salario mínimo.

Toda trabajadora o trabajador que tenga hijos en el kinder, escuela o colegio puede reclamar el pago del bono a su patrono presentando las calificaciones de su hijo o una constancia de que está estudiando. En algunos casos los patronos también solicitan copias de las partidas de nacimiento, las cuales resultan innecesarias si ya se presentaron el año pasado.

Si su patrono no cumple con ésta obligación acuda al Ministerio de Trabajo y si no le atienden busque apoyo con las instituciones que trabajan por los derechos de las trabajadoras y trabajadores, incluyendo Vida en la Maquila.

Fuente: Vida Laboral Edic. # 8. Abril de 2002

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